miércoles, 5 de diciembre de 2007

Análisis previo a la Reforma

Buenos días, quiero comentar que mi apoyo al proceso Bolivariano es incondicional, pero desde lo racional, es decir, que en los actuales momentos mi voto es y debe seguir siendo por el SÏ, un compromiso con un pueblo que día a día va entendiendo a que se refiere eso que llamamos poder popular.Ese compromiso también pasa por el respeto con nosotros y hacia los otros, y a una necesidad de ser critico desde esta posición política, que requiere aun mayor responsabilidad dentro de un debate en las esferas del oficialismo.En tal sentido siento que pudo realizarse un proceso mucho más democrático, no sólo en el ejercicio electoral, donde las propuestas de la reforma debieron desglosarse aun mas, permitiendo que el pueblo pudiera ser mucho más efectivo en la toma de decisiones a partir de las discusiones que se realizaron en cada organización comunitaria establecida y desde cada rincón del país.Por otro lado el nacimiento de la misma propuesta de reforma constitucional debió ser un proceso más consensuado con este pueblo que cada día más asume la responsabilidad de un mejor mundo posible; los esfuerzos de la Asamblea Nacional a través del parlamentarismo de calle resultaron insuficientes, en la medida que mucha de la información no fue sistematizada de la manera adecuada, por lo que no pudo ser tomada en cuenta a la hora de dar propuestas a la reforma.Sin embargo la intensión de la reforma se encuentra centrada en el fortalecimiento del poder popular, dándole rango constitucional al mismo. Vemos entonces como la construcción del poder popular no es tarea fácil, son muchos los esfuerzos que se están haciendo y los que faltan por hacer, debemos trabajar por que la reflexión y la acción apuntes hacia un mismo objetivo, poder para el pueblo y la consolidación de un mundo posible, un mundo socialista. Franklin MatuteFranklin Matute
28 de noviembre de 2007 7:47

domingo, 25 de noviembre de 2007

Los modos de propiedad...

Juan Carlos Guerra, Vicepresidente del Partido Revolucionario Dominicano, publicó recientemente en Rebelión el artículo Los Modos de Propiedad en el socialismo del siglo XXI, que puede darnos herramientas en la discusión entorno a la reforma del artículo 115.

Allí señala que un elemento neurálgico en la construcción social de la riqueza es precisamente la propiedad, concebida por Marx como un sistema de relaciones sociales inserto a su vez en el sistema de las relaciones de la producción. No se trata, señala Guerra, de negar toda propiedad privada ni de establecer al Estado como propietario único de todos los medios de producción. Sin embargo, la propiedad privada debe tener, un fin social.

Ante la dupla de la propiedad privada-pública, Guerra propone el modelo de propiedad social que tendría dos vertientes (directa o indirecta) y distingue otros modos de propiedad privada (individual o colectiva) y de la propiedad pública (estatal o mixta).

Guerra propone algunas conceptualizaciones para el debate y la discusión sobre este tema:

Propiedad Social: Constituye la piedra angular de los modos de propiedad en un modelo socialista. Es el bien cuyo poseedor es la comunidad y tiene como objeto servir a la solución de los problemas del conglomerado social que la posea. Su principio rector es la ganancia social.

Existen dos tipos de propiedad social, según el origen de su administrador. Es directa cuando la comunidad la regentea, bajo la supervisión del Estado. Es indirecta cuando es el Estado quien la administra, debiendo siempre orientar su gerencia hacia el beneficio de la sociedad.

Propiedad Pública: Es el bien cuyo propietario es el Estado y tiene como objetivo servir para garantizar el cumplimiento de las misiones que le otorgan la Constitución y las leyes a la administración pública. Su principio rector es la búsqueda del desarrollo y el bienestar nacional. Puede ser mixta, cuando en su administración interviene el sector privado, pero siempre en condición de socio minoritario y nunca teniendo la totalidad de la gerencia del bien público.

Propiedad Privada: Es el bien cuyo propietario es un ciudadano o grupo de ciudadanos quienes poseen todos los derechos de uso, usufructo y disposición. Su administración concierne únicamente al propietario, no habiendo posibilidad de intervención del Estado, a menos que deje de cumplir un fin social. Puede ser individual o colectiva, según sea la cantidad de su poseedor o poseedores. El principio rector de este modo de propiedad es la conjugación del beneficio particular con la satisfacción de necesidades sociales.

Señala Guerra que serían errores, tanto pretender que el Estado sea propietario de todo, como permitir que el mercado sea el determinante de la totalidad de las cosas. El Estado socialista debe ser el instrumento para el combate de las asimetrías sociales, garantizando la igualdad de oportunidades para todos, la libertad plena de los ciudadanos y el desarrollo inclusivo de la economía, manteniendo la propiedad únicamente de los sectores estratégicos de la economía (energía, transporte, telecomunicaciones, agua).

Concluye expresando que la formula del desarrollo en igualdad y libertad es sencilla: mejor sociedad, Estado fuerte, mercado justo y dosificado.

martes, 20 de noviembre de 2007

Artículo 115 (texto completo)

Artículo 115. Se reconocen y garantizan las diferentes formas de propiedad. La propiedad pública es aquella que pertenece a los entes del Estado; la propiedad social es aquella que pertenece al pueblo en su conjunto y las futuras generaciones, y podrá ser de dos tipos: la propiedad social indirecta cuando es ejercida por el Estado a nombre de la comunidad, y la propiedad social directa, cuando el Estado la asigna, bajo distintas formas y en ámbitos territoriales demarcados, a una o varias comunidades, a una o varias comunas, constituyéndose así en propiedad comunal o a una o varias ciudades, constituyéndose así en propiedad ciudadana; la propiedad colectiva es la perteneciente a grupos sociales o personas, para su aprovechamiento, uso o goce en común, pudiendo ser de origen social o de origen privado; la propiedad mixta es la conformada entre el sector público, el sector social, el sector colectivo y el sector privado, en distintas combinaciones, para el aprovechamiento de recursos o ejecución de actividades, siempre sometida al respeto absoluto de la soberanía económica y social de la Nación; y la propiedad privada es aquella que pertenece a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso, consumo y medios de producción legítimamente adquiridos, con los atributos de uso, goce y disposición y las limitaciones y restricciones que establece la ley. Igualmente, toda propiedad, estará sometida a las contribuciones, cargas, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes, sin perjuicio de la facultad de los órganos del Estado de ocupar previamente, durante el proceso judicial, los bienes objeto de expropiación, conforme a los requisitos establecidos en la ley.

Quitando velos de las campañas desinformativas de la oposición

La derecha venezolana en su campaña de desinformación y de tergiversación de los contenidos reales de la reforma constitucional ha generado una propaganda negativa en contra del artículo 115, en el cual se le da a entender al televidente que el que tenga un negocio va a perderlo, porque según pasaran a se propiedad estatal. Nada más burdo y simplista que está propaganda desinformativa que realiza la derecha, sólo basta que nos ocupemos 5 minutos de nuestras múltiples obligaciones para analizar este artículo que desde sus inicios nos dice que "Se reconocen y garantizan las diferentes formas de propiedad", las cuales se refieren a la propiedad pública, la propiedad social, la propiedad colectiva, la propiedad mixta y la propiedad privada, de está manera no se está planteando quitarle la bodega al comerciante de nuestra comunidad como de manera superficial plantea la propaganda, sino que se reconocen diversas formas de propiedad, entre las que se encuentra la propiedad privada, contrario a lo que profesa el neoliberalismo que plantea como única forma de propiedad la privado, siendo el único valor lo privado. Por el contrario en este artículo se busca que hayan valores colectivistas como los que había en nuestra América antes de que llegaran los españoles y como los que aún conservan las sociedades indígenas de nuestro continente. Finalmente los invito a que sigamos analizando otros artículos de la reforma para apoyar a erradicar el oscurantismo de la desinformación, con nuestra más preciada arma que es la razón, nutrida de una fuente de amor hacia el pueblo de donde venimos y de donde seguiremos siendo por siempre.

La Propuesta

Bienvenidos camaradas al círculo de estudio vía web que estamos impulsando desde la Coordinación de Educación e Innovación de la Gerencia de Redes Sociales de la Fundación Infocentro. Envienos a través de este plantilla sus sugerencias y propuestas de los contenidos que vamos a trabajar en estos círculos de estudio. La propuesta de nosotros es iniciar con el debate de algunos artículos de la Reforma Constitucional.

Se despide Héctor Manuel Borges Gil. Coordinador de Educación e Innovación.